Unidad de Transparencia de la SESAECH

¿Qué es la Unidad de Transparencia?

El Diccionario de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), define a la Unidad de Transparencia de los sujetos obligados como la oficina administrativa encargada de publicar la información generada en el ejercicio de sus competencias y de dar trámite a las solicitudes de acceso a la información, a fin de que se otorgue una respuesta en tiempo y forma. En dicho diccionario, la profesora investigadora del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) Ana Elena Fierro refiere que las unidades de transparencia cuentan con un responsable cuyas funciones principales son publicar y difundir vía internet toda la información resultado de las obligaciones de transparencia, así como las políticas de transparencia proactiva. Además, debe auxiliar a los particulares en sus solicitudes, recibirlas y darles trámite, así como llevar un registro de las mismas, las respuestas entregadas y los costos. Una función importante de la Unidad de Transparencia es la de fomentar la transparencia y el fácil acceso a la información dentro del sujeto obligado.

En relación con la Unidad de Transparencia, los artículos 67, 68 y 69 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS) establecen lo siguiente:

Artículo 67.- En cada uno de los sujetos obligados previstos en el artículo 58 de esta Ley, deberá establecerse una Unidad de Transparencia, misma que se encontrará dotada de las facultades para coordinar y vincular las acciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, así como de administrar el Portal de Transparencia del sujeto obligado.

Los sujetos obligados no podrán cambiar, modificar o alterar la denominación que la Ley General y la presente Ley otorgan a esta instancia.

Las oficinas que ocupen las unidades de transparencia deberán contar con las condiciones mínimas de operación que aseguren el cumplimiento de sus funciones, las cuales deberán estar ubicadas en lugares visibles al público en general y de fácil acceso.

Artículo 68.- La Unidad de Transparencia referida en el artículo anterior, será la instancia facultada de recabar y publicar, a través de la Plataforma Nacional y su Portal de Transparencia, las obligaciones de transparencia a que se refiere el Título Sexto de la presente Ley, siendo el vínculo entre los solicitantes y el sujeto obligado al que se encuentra adscrita, recepcionando las solicitudes de acceso a la información pública, así como las de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales que se presenten, además de ser el responsable de realizar la notificación de las respectivas respuestas a los solicitantes, así como de la recepción de los recursos de revisión que ante ella se interpongan y que deban remitirse al Instituto para su sustanciación y resolución correspondiente.

Artículo 69.- El responsable de la Unidad de Transparencia será designado por el titular del sujeto obligado respectivo, de quien dependerá directamente.

La designación que al respecto realice el titular del sujeto obligado deberá hacerse del conocimiento del Instituto y de sus propias áreas dentro de los cinco días hábiles siguientes a la expedición de dicho nombramiento.


¿Cuáles son las funciones de la Unidad de Transparencia?

En materia de transparencia y acceso a la información son:

  • Recabar y difundir la información a que se refiere el Título Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Título Sexto de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas, así como propiciar que las áreas la actualicen periódicamente, conforme la normatividad aplicable.
  • Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información que se presenten y darles seguimiento hasta la resolución que de fin a las mismas.
  • Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información que se presenten y, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable.
  • Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información que se presenten.
  • Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información que se presenten.
  • Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información que se presenten.
  • Proponer personal habilitado que sea necesario para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información.
  • Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad.
  • Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado.
  • Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones previstas en la ley y en las demás disposiciones aplicables.
  • Las que resulten de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas y demás normatividad aplicable.

¿Quién es la persona servidora pública responsable la Unidad de Transparencia de la SESAECH?

Lic. Carlos Gabriel Téllez Girón Gómez | Jefe de la Unidad de Transparencia

Lic. Carlos Gabriel Téllez Girón Gómez

Jefe de la Unidad de Transparencia

Domicilio oficial:
  • Boulevard Andrés Serra Rojas No. 1090, Edificio Torre Chiapas, Piso 16, Col. El Retiro o Paso Limón. C. P. 29045, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México.
Número telefónico oficial o institucional:
  • +52 961 691 2373, opción 3, extensión 69226
Correos electrónicos oficiales o institucionales:
Horario de atención:
  • De lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas.

Es responsabilidad del órgano administrativo: Unidad de Transparencia actualizar esta página web, a través de la persona servidora pública Carlos Gabriel Téllez Girón Gómez, con puesto o cargo de Jefe de Unidad, correo electrónico ctellez@sesaech.gob.mx y teléfono 9616912373, opción 3, extensión 69226. Fecha de la última actualización: 09 de julio de 2023.