Comité de Transparencia de la SESAECH

¿Qué es el Comité de Transparencia?

Es el órgano colegiado encargado de conducir la política de transparencia al interior de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas (SESAECH), para lo cual establece, coordina y supervisa las acciones y procedimientos internos que aseguren la mayor eficacia en la atención de las solicitudes de acceso a la información, así como en la gestión de la publicación y actualización de la información de las obligaciones de transparencia aplicables a la SESAECH. También resuelve si confirma, modifica o revoca las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta (prórroga), clasificación de la información y declaración de inexistencia o incompetencia plantean las personas servidoras públicas titulares de las áreas de la SESAECH; ordena a éstas generar la información que conforme a sus atribuciones, facultades, competencias o funciones deberían poseer y promueve la capacitación y sensibilización del personal adscrito a la Unidad de Transparencia y el resto de las áreas de la SESAECH.

En relación con el Comité de Transparencia, los artículos 62 y 63 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS) establecen lo siguiente:

Artículo 62.- En cada sujeto obligado se integrará un Comité de Transparencia colegiado, mismo que estará conformado por un número impar, el cual será designado por el titular del sujeto obligado.

Los sujetos obligados no podrán cambiar, modificar o alterar la denominación que la Ley General y la presente Ley otorgan a esta instancia.

Artículo 63.- El Comité de Transparencia adoptará sus resoluciones por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. A sus sesiones podrán asistir como invitados aquellos que sus integrantes consideren necesarios, quienes tendrán voz, pero no voto.

Los integrantes del Comité de Transparencia no podrán depender jerárquicamente entre sí, tampoco podrán reunirse dos o más de estos integrantes en una sola persona. Cuando se presente el caso, el titular del sujeto obligado tendrá que nombrar a la persona que supla al subordinado.

Los integrantes del Comité de Transparencia tendrán acceso a la información para determinar su clasificación, conforme a la normatividad previamente establecida por los sujetos obligados para el resguardo o salvaguarda de la información.


¿Cuáles son las funciones del Comité de Transparencia?

En materia de transparencia y acceso a la información son:

  • Instruir, coordinar y supervisar, en términos de las disposiciones aplicables, las acciones y los procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información.
  • Confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta (prórroga), clasificación de la información y declaración de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de las áreas del sujeto obligado.
  • Ordenar, en su caso, a las áreas competentes que generen la información que derivado de sus atribuciones, facultades y funciones deban tener en posesión o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, expongan, de forma fundada y motivada, las razones por las cuales, en el caso particular, no ejercieron dichas atribuciones, facultades o funciones.
  • Establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del derecho de acceso a la información.
  • Promover la capacitación y actualización de las personas servidoras públicas adscritas a la Unidad de Transparencia.
  • Establecer programas de capacitación en materia de transparencia y acceso a la información para el personal del sujeto obligado.
  • Recabar y enviar al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH), de conformidad con los lineamientos que éste expida, los datos necesarios para la elaboración de su informe anual.
  • Aprobar y solicitar al ITAIPCH la ampliación del plazo de reserva de la información a que se refiere el artículo 124 de la Ley.
  • Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable.

¿Quiénes son las y los integrantes del Comité de Transparencia de la SESAECH?

El Comité de Transparencia de la SESAECH está integrado por las siguientes personas servidoras públicas:

Mtra. Orquídea Anaya Gómez | Directora Jurídica

Mtra. Orquídea Anaya Gómez

Directora Jurídica

Presidente

Lic. Carlos Gabriel Téllez Girón Gómez | Jefe de la Unidad de Transparencia

Lic. Carlos Gabriel Téllez Girón Gómez

Jefe de la Unidad de Transparencia

Secretario

Mtro. Julio César García Benítez | Director de Vinculación y Políticas Públicas

Mtro. Julio César García Benítez

Director de Vinculación y Políticas Públicas

Vocal

Mtra. Andrea Carbajal González | Coordinadora de Archivo

Mtra. Andrea Carbajal González

Coordinadora de Archivo

Vocal

Mtro. Saúl Fermín Ruiz Castellanos | Director de Sistemas Electrónicos y Plataforma Digital

Mtro. Saúl Fermín Ruiz Castellanos

Director de Sistemas Electrónicos y Plataforma Digital

Vocal

Es responsabilidad del órgano administrativo: Unidad de Transparencia actualizar esta página web, a través de la persona servidora pública Carlos Gabriel Téllez Girón Gómez, con puesto o cargo de Jefe de Unidad, correo electrónico ctellez@sesaech.gob.mx y teléfono 9616912373, opción 3, extensión 69226. Fecha de la última actualización: 09 de julio de 2023.